AYUDA:

Incentivos para Proyectos Individuales de I+D (PID) del CDTI

Organismo: Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)
Ámbito: Nacional
Convocatoria abierta hasta: Convocatoria continua
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FICHA TÉCNICA DE LA AYUDA
Organismo: Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)
Inicio de plazo:Convocatoria continua
Fin de plazo:Convocatoria continua

Incentivos en forma subvención, préstamo y deducción fiscal I+D para proyectos de investigación y desarrollo realizados por empresas.

Organismo

Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)

Objetivos de la Ayuda

Ayudas a proyectos de I+D desarrollados por empresas y destinados a la creación y mejora significativa de procesos productivos, productos o servicios.



Beneficiarios

Sólo empresas, sin distinción en cuanto a sector.

Duración del proyecto

La duración de estos proyectos podrá ser de 12 a 36 meses.

Presupuesto del proyecto

El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 €.

Características de la Financiación

En los proyectos CDTI se puede obtener una Ayuda Parcialmente Reembolsable, con una cobertura financiera hasta el 85% del presupuesto total aprobado, que consiste en:
 El tramo reembolsable (TR) o préstamo propiamente dicho, de interés reducido (euribor a un año) que se establece en el momento de la aprobación del proyecto, permaneciendo fijo para toda la vida del préstamo. El periodo de amortización es elegible según dos opciones: 10 ó 15 años, con una carencia entre 2 y 3 años.
 El tramo no reembolsable (TNR) o subvención, es un porcentaje variable del 75% del préstamo, en función de las características del proyecto, del beneficiario y del origen de fondos utilizado para la financiación
 Adicionalmente el CDTI emite un Informe Motivado, para todos sus proyectos aprobados, tras la firma del contrato con la empresa, emite Informes Motivados calificando el proyecto y su presupuesto como I+D o Innovación (Real Decreto 2/2007). Al tratarse de un Informe vinculante para Hacienda, se obtiene Seguridad Jurídica para la aplicación de los porcentajes de deducciones fiscales por I+D+i que se deriven de la calificación obtenida.

Los porcentajes de tramo no reembolsable (TNR) se establecen en función de la zona en la que se realiza el proyecto y el tipo de empresa:

  • Proyecto Comunidades FEDER  (Andalucía, Islas Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Principado de Asturias, Región de Murcia y La Rioja): 30% para pymes y grandes empresas (sin distinción).
  • Proyecto situado en zonas FEDER de las CCAA de Aragón, Cataluña, Madrid, Navarra y País Vasco: 27% para pymes y 22% para grandes empresas.
  • Proyecto en resto de zonas: 25% para pymes y 20% para grandes empresas.

Gastos Financiables

• Gastos de personal
• Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación, incluyendo amortizaciones en su caso.
• Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, y los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de I+D.
• Gastos generales suplementarios imputables proporcionalmente al proyecto.
• Otros gastos (consultoría, auditoría de gastos para justificar el proyecto, informe DNSH, etc…).

Anticipos

El CDTI dispone de dos modalidades de disposición anticipada en los proyectos de I+D.
a) La empresa podrá optar a un anticipo del 35% de la ayuda concedida, sin exigencia de garantías adicionales a las condiciones financieras acordadas por el Consejo de Administración en la aprobación del proyecto.
b) La empresa podrá solicitar un anticipo de un 50% o 75% de la ayuda concedida, siempre que aporte avales para garantizar el exceso del 15% o 35% sobre el anticipo sin garantías adicionales que concede el Centro.

El CDTI tiene una medida de exención y minoración de garantías para pymes y midcaps (hasta 1500 empleados a nivel de grupo) en las ayudas parcialmente reembolsables con los siguientes límites:

  • Hasta 500.000 € para pequeñas empresas (1.000.000 € para Transferencia Cervera)
  • Hasta 1.000.000 € para medianas empresas
  • Hasta 3.000.000 € para midcaps

• Normativa

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