TECNOLOGÍAS HABILITADORAS DIGITALES (antigua AEESD)
CONVOCATORIA 2019 TECNOLOGÍAS HABILITADORAS DIGITALES (THD)
Organismo
Ministerio de Economía y Empresa.
Plazo de presentación
Hasta el 20 de Mayo de 2019
Objetivos
Ayudas para proyectos individuales de investigación industrial y desarrollo experimental en materia de Tecnologías Habilitadoras Digitales, aquellas que tienen un impacto directo en la modernización y competitividad de los sectores económicos claves para la economía española.
Prioridades Temáticas:
– Internet de las Cosas.
– Infraestructuras digitales y Redes 5G.
– Computación difusa y en la nube.
– Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información.
– Computación de alto rendimiento (HPC).
– Procesamiento del lenguaje natural.
– Ciberseguridad, biometría e identidad digital y ciberseguridad industrial.
– Bases de datos distribuidas (blockchain/DLT).
– Robótica.
– Inteligencia artificial.
– Realidad virtual.
– Micro/nano electrónica.
Modalidad y Beneficiarios
El régimen de concesión es el de concurrencia competitiva.
El grado de madurez de las tecnologías se medirá utilizando el modelo de los “Technology Readiness Levels” (en adelante, TRL), un modelo comúnmente aceptado, que se ha constituido en modelo de referencia en el actual Programa Marco Europeo “Horizonte 2020”.
Podrán tener la condición de beneficiario las entidades siguientes que se encuentren en fase de crecimiento o expansión:
- Empresas
- Organismos de investigación.
- Agrupaciones o asociaciones empresariales.
Crédito disponible
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas para el año 2019 es de 9.000.000 euros en subvenciones.
Presupuesto mínimo
Los proyectos deberán tener un presupuesto mínimo de 200.000 €. Los proyectos con un presupuesto superior a 1.000.000 € deberán contar con subcontrataciones de al menos el 25%.
Conceptos susceptibles de ayuda
Se podrán subvencionar los costes siguientes:
- Gastos de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que están dedicados al proyecto.
- Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos generales directamente derivados del proyecto.
- Otros gastos de explotación adicionales (materiales, suministros y similares) que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
Compatibilidad
Los proyectos con ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras no son compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se otorguen para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
Periodo Subvencionable
Las ayudas podrán solicitarse para proyectos cuya ejecución se extienda hasta el 31 de diciembre de 2021, siempre que parte del proyecto se realice en 2019.
Pago
La modalidad de pago de la ayuda será la de pago anticipado por el total de la ayuda. Este pago se abonará tras la resolución de concesión.
Características de las ayudas
La modalidad de la ayuda será la de subvención.
El porcentaje máximo de subvención para los beneficiarios dependerá de los siguientes criterios:
Investigación Industrial | Desarrollo Experimental | |||||
Pequeñas | Medianas | Grandes | Pequeñas | Medianas | Grandes | |
Madurez tecnológica | 60% | 50% | 40% | 40% | 30% | 20% |
Género | 10% | 10% | 10% | 5% | 5% | 5% |
Difusión | 10% | 15% | 15% | 15% | 15% | 15% |
Ayuda máxima | 80% | 75% | 65% | 60% | 50% | 40% |
Garantías
El importe de las garantías exigidas dependerá de la calificación obtenida por el beneficiario en el criterio de solvencia financiera según la tabla adjunta.
Puntuación criterio solvencia financiera del beneficiario | Garantía exigida | |
Categoría de calificación | Puntuación solvencia financiera | |
AAA | 20 | 0% |
AA | 18 | |
A | 16 | 15% |
BBB | 14 | 45% |
BB | 12 | 70% |
B | 10 | 80% |
CCC | 9 | 100% |
CC | 8 | |
C | 0 | No obtienen ayuda, por no superar umbral establecido. |
D | 0 |
El plazo para la constitución de las garantías será de 30 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la resolución de concesión.
Criterios de evaluación y umbrales
Criterio | Puntuación máxima | Umbral puntuación |
Adecuación prioridades temáticas | Criterio excluyente | |
Efecto incentivador de la ayuda | Criterio excluyente | |
Innovación Tecnológica | 20 | 8 |
Solvencia financiera | 20 | 8 |
Calidad de la entidad/consorcio/equipo trabajo | 15 | 6 |
Plan de trabajo detallado | 10 | 4 |
Adecuación del presupuesto | 10 | 2 |
Impacto socioeconómico | 20 | 8 |
Proyección internacional | 5 | |
TOTAL | 100 | 40 |
Adicionalmente se tendrá en cuenta lo siguiente:
- Criterio de innovación tecnológica. Tendrá en cuenta el grado de madurez de la tecnología empleada (de acuerdo al modelo TRL). Los proyectos de desarrollo experimental se puntuarán de 8 a 14 puntos y los de investigación de 15 a 20.
- Criterio de solvencia financiera. La puntuación se realizará de acuerdo al cuadro incluido en el apartado de garantías.
- Criterio de calidad de la entidad/consorcio/equipo de trabajo. La calidad de la entidad/consorcio se valorará de 0 a 9, siendo positiva la posesión de certificados que aseguren una gestión eficiente de los recursos, así como la inclusión de medidas sociales, de género o medioambientales. La adecuación del equipo de trabajo se valorará de 0 a 6 puntos. No superarán el umbral mínimo aquellos proyectos en los que la subcontratación desarrolle actividades esenciales ni las entidades con una mayoría de accionistas en paraísos fiscales.
- Criterio plan de trabajo detallado. No superarán el umbral aquellos proyectos sin entregables concretos y cuantificables, con paquetes de trabajo poco detallados, que no permitan un seguimiento progresivo de los resultados, cuyos entregables y requisitos no estén orientados al producto final.
- Criterio adecuación del presupuesto. No superarán el umbral aquellos proyectos cuyo presupuesto se haya reducido más de un 25% por la inclusión de gastos no financiables.
- Criterio de impacto socioeconómico. El impacto en la sociedad se valorará de 0 a 15, siendo positivas medidas de igualdad de género, un plan de difusión con web propia y artículos en revistas de prestigio, la facilidad de acceso al código para una verificación ágil y rápida, la facilidad de acceso a los resultados (datos, código, entregables,…) de forma gratuita y con estándares abiertos, permitiendo su reutilización. El impacto sobre la entidad/consorcio se valorará de 0 a 5 puntos, siendo positivas la protección de resultados e indicadores de impacto. No superarán el umbral mínimo aquellos proyectos en los que no exista coherencia entre la cuenta de resultados del proyecto y la cuenta de resultados de la entidad en relación con los años anteriores.
Normativa Aplicable
- Resolución de la Secretaría de Estado para el Avance Digital, por la que se efectúa la convocatoria THD – 1/2019 para la concesión de ayudas para la realización de proyectos en el ámbito de las Tecnologías Habilitadoras Digitales, dentro del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020. (Convocatoria 2019).
- Orden ECE/143/2019, de 11 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas en el ámbito de las Tecnologías Habilitadoras Digitales, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital y del Subprograma Estatal de impulso a las Tecnologías Habilitadoras («Boletín Oficial del Estado» núm.41, de 16 de febrero de 2019).
Documentos de Apoyo
• Normativa
– Bases Reguladoras
– Convocatoria 2019