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Deducciones I+D+i

Por la realización de un proyecto de I+D o innovación es posible aplicarse deducciones fiscales (ahorro de impuestos) aplicables sobre la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades.
Existen diversas formas de poder alcanzar este importante beneficio fiscal, que se puede tranasformar (monetización) en abono directo si no se tiene suficiente base imponible.

Disponemos de una web monográfica (www.deducciones.es) que informa en detalle acerca de los beneficios que se pueden alcanzar con estos incentivos y de las distintas formas o procedimientos existentes.

Porcentajes de deducción aplicables sobre el presupuesto del Proyecto:

I+D:

  • 42% sobre la parte de los gastos de I+D que exceda la media de los 2 años anteriores.
  • 25% sobre la parte que no excede.

 

Innovación:

  • Único porcentaje del 12%
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