Líneas Estratégicas
Ayudas para proyectos de líneas estratégicas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Convocatoria 2022
Organismo
Ministerio de Ciencia e Innovación
Estas ayudas se insertan en el PRTR (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia), específicamente en el Componente 17, “Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación” inversión I3 “Nuevos proyectos I+D+I Público Privados, Interdisciplinares, Pruebas de concepto y concesión de ayudas consecuencia de convocatorias competitivas internacionales. I+D de vanguardia orientada a retos de la sociedad. Compra pública pre comercial”.
Plazo de presentación de las solicitudes
Desde el 14 de junio hasta el 5 de julio de 2022 a las 14:00, hora peninsular.
Es obligatorio darse de alta en el Sistema de Entidades del Ministerio de Ciencia
Objetivos
Conceder ayudas públicas a proyectos en líneas estratégicas (resistencia antibiótica, nanomateriales biomédicos, métodos físicos seguros para diagnóstico y tratamiento de enfermedades, inmunoterapia del cáncer de tumores sólidos, gerociencia y geroterapéutica, cuidados de largo plazo, bienestar individual y social a través de nuevas tecnologías, privacidad en línea, predicción de catástrofes naturales, captura, almacenamiento y valorización de CO2, reducir el consumo futuro de energía y las emisiones de gases de efecto invernadero en la industria, almacenamiento, transporte y transmisión de energía para sistemas autónomos, sostenibilidad agrícola a escala territorial, aplicaciones fotovoltaicas, métodos alternativos para reducir la experimentación animal, tecnologías habilitadoras para la industria 4.0, transición digital en el sector agroalimentario y enseñanza y cultura del español y lenguas cooficiales) para financiar proyectos de investigación industrial en colaboración entre empresas y organismos de investigación en los que se valore el solapamiento entre disciplinas a nivel metodológico, conceptual o teórico.
Beneficiarios
Deberán tener personalidad jurídica propia, estar válidamente constituidas y tener residencia fiscal o un establecimiento permanente en España. Pueden ser de los siguientes tipos:
- Organismos públicos de investigación
- Universidades públicas y sus institutos universitarios
- Institutos de investigación sanitaria
- Otros centros públicos de I+D+i
- Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica en el ámbito estatal
- Universidades privadas
- Centros privados de I+D+i
- Empresas
- Asociaciones empresariales sectoriales.
Presupuesto de la convocatoria
La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 70.000.000 de euros, siendo 35.000.000 de euros en forma de subvención y 35.000.000 de euros en forma de préstamo. De ellos 50 M€ corresponden a la anualidad 2022 y 10 M€ a 2023 y 2024 respectivamente.
Cuantías e intesidad de las ayudas
Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención (financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea) o la de préstamo.
Las empresas pertenecientes al sector privado y las asociaciones empresariales sectoriales sólo podrán obtener ayudas en forma de préstamo. El importe máximo del préstamo será hasta del 95% del coste financiable del proyecto.
Las entidades pertenecientes al sector público y los organismos de investigación privados recibirán ayuda en forma de subvención. La intensidad máxima de la ayuda será de hasta el 65% para empresas del sector público y de hasta el 100% para organismos de investigación.
La intensidad de ayuda máxima para las empresas dependerá de su tamaño: 80% para pequeñas empresas, 75% para medianas empresas y 65% para grandes empresas.
Se podrá añadir una bonificación del 15% si colaboran dos empresas (<70%, siendo una pyme o de dos estados) o si colaboran una empresa y varios organismos (>10% con derecho a publicar) o si se difunden ampliamente los resultados.
Las ayudas no superarán los 20 millones de euros por anualidad y proyecto.
Los préstamos tendrán las siguientes características:
- Tipo de interés fijo: Euribor a un año publicado un mes antes de la convocatoria (si fuese negativo se aplicará el 0%).
- 10 años plazo máximo de amortización.
- 3 años plazo fijo de carencia.
- 7 años plazo máximo de devolución.
Plazo de realización de las actuaciones
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el indicado en la solicitud, con una duración de tres años. La fecha de inicio deberá ser posterior la finalización del plazo de presentación de solicitudes y estar comprendida en 2022 (desde el 6 de junio al 31 de diciembre).
Actuaciones financiables
Los proyectos serán de investigación industrial de una de las prioridades temáticas y deberán cumplir los siguientes requisitos:
- El presupuesto mínimo del proyecto será de 400.000 euros y el máximo de 2.000.000 euros.
- Los proyectos tendrán una duración de 3 años y comenzarán su ejecución en la fecha indicada en la solicitud, comprendida a lo largo de 2022.
- Las actividades no deberán comenzar antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. A partir de la cual se pueden imputar gastos.
- No causar un perjuicio significativo al medio ambiente
Requisitos de participación:
- El representante de la agrupación será cualquiera de las entidades participantes en la agrupación.
- Deberá contar con la participación de un mínimo de 2 entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado.
- La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto.
- La participación máxima por parte de una entidad podrá ser de hasta el 70% del presupuesto total del proyecto.
Costes elegibles
- Costes de personal
- Costes de movilidad (viajes, locomoción, dietas, alojamiento, seguros, …)
- Costes de adquisición y amortización de activos materiales, como instrumental, equipamiento científico-técnico e informático
- Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares
- Costes de adquisición y/o amortización de activos inmateriales, incluyendo programas de ordenador de carácter técnico
- Costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual y otros costes derivados del mantenimiento de los mismos
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas o licenciadas por fuentes externas en plena competencia
- Costes de apoyo y asesoramiento en materia de innovación como consultoría de gestión, asistencia tecnológica, servicios de transferencia tecnológica (máximo 20.000 €)
- Costes de bancos de datos y uso y gestión de repositorios de datos y bibliotecas técnicas, consultoría sobre el empleo de normas, manuales, documentos de trabajo y modelos de documentos, investigación de mercados, servicios de etiquetado, calidad, ensayo y certificación, directamente relacionados con el proyecto
- Otros costes derivados de asesoramiento, realización de estudios, difusión y publicidad
- Costes de publicación y difusión de resultados, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto
- Costes derivados de la formación del personal asociado a la actuación, incluyendo los costes inherentes a la preparación de las actuaciones formativas y el material docente o formativo (no material de oficina)
- Costes de alquiler de salas, traducción, organización de conferencias, eventos, congresos y seminarios para actividades científico-técnicas directamente vinculadas a los objetivos del proyecto
- Costes de inscripción en congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares, para las categorías o tipos de personal que determine la convocatoria
- Para organismos públicos de investigación, universidades públicas y otros organismos públicos de I+D, los costes de utilización de servicios centrales del organismo siempre y cuando tengan tarifas públicas calculadas conforme a su contabilidad de costes
- Costes de utilización y acceso a las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) y grandes instalaciones científicas, nacionales e internacionales
- Podrán ser financiables las compensaciones a los sujetos experimentales que no estén vinculados laboralmente con la entidad beneficiaria cuando participen en la ejecución de las actuaciones objeto de subvención
- Informe de auditoría de gastos de justificación
- Costes indirectos (25% de personal o 15% del presupuesto)
Subcontratación
Se podrá subcontratar hasta el 50% del coste del presupuesto financiable. Si excede del 20% o 60.000 se tendrá que aportar contrato y será necesaria la aprobación previa del órgano concedente. También hay que presentar tres ofertas y declaración para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio DNSH.
Pago
Las ayudas en cualquiera de sus formas serán siempre abonadas anticipadamente tras dictarse la resolución de concesión estimatoria. El pago de todas las anualidades estará condicionado a que todos los participantes cumplan los requisitos y hayan presentado las garantías exigidas.
Justificación
Se realizará desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del año inmediatamente posterior a la anualidad a justificar. Si se concede una prórroga de ejecución el plazo será de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución prorrogado.
Garantías
Los beneficiarios no deberán constituir garantía alguna para las subvenciones.
Para los prestamos o anticipos reembolsables se exigirá la constitución de garantías cuando se supere la cantidad de 200.000 € y cuando el total concedido en forma de préstamo supere la cantidad de 1.000.000 €.
Compatibilidad
Las ayudas serán compatibles con otras siempre que no se supere el coste de la actividad financiada o implique una disminución del importe de financiación propia exigida al beneficiario.
Normativa
- Orden CIN/533/2022, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a proyectos en líneas estratégicas, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2022.