Programa Activa 2022
Programa de Capacidades para el Crecimiento de la PYME. Programa Activa 2022
Organismo
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y Fundación EOI, F.S.P.
Plazo de presentación
El plazo para la presentación de solicitudes será el que se establezca en la correspondiente convocatoria. El órgano competente para la tramitación comenzará la instrucción de los expedientes por orden de entrada, concediendo la subvención en actos sucesivos hasta el agotamiento del crédito.
Tipos de Ayudas
Ayudas (minimis) en especie a pymes, en concurrencia no competitiva, que consistirán en un servicio de asesoramiento especializado que tendrá como resultado la elaboración de un diagnóstico y un plan de actuación para las empresas beneficiarias en materia de competitividad empresarial, transformación digital a la Industria 4.0 o ciberseguridad, según el programa del que se trate.
Objetivos del programa
La presente línea de ayudas se integra en el marco del proyecto “Programa de Capacidades para el Crecimiento de la PYME” cuyo objetivo es proporcionar las capacidades necesarias a las empresas para que puedan crecer y ser más competitivas, evolucionando sus modelos de negocio y contribuyendo a la doble transición.
La Fundación EOI, FSP actuará como entidad ejecutora de las siguientes actuaciones incluidas, “Activa Industria 4.0”, con el objetivo de apoyar en la transformación digital de pymes industriales, “Activa Crecimiento”, para promover el incremento del tamaño de las pymes y “Activa Ciberseguridad”, que tiene por objeto fomentar las auditorías de ciberseguridad para pymes.
Ámbito de aplicación (provisional)
El ámbito de aplicación de los programas de asesoramiento «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», objeto de las ayudas, es todo el territorio nacional y, con el objetivo de impulsar la ejecución en las distintas regiones, se prevé la participación de las Comunidades Autónomas que quieran adherirse a las mismas.
Beneficiarios
Empresas que tengan la condición de PYME.
Deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Que estén inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
b) Que tengan su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.
c) Que cumplan con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiaria, no pudiendo estar incursas en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley.
d) Que no tengan deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, o estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Quedan excluidas las entidades que integren el sector público institucional de cualquier Administración pública, vinculadas o dependientes de ésta. Tampoco podrán ser beneficiarias aquellas empresas que sean entidades colaboradoras.
Características de la ayuda
El servicio de asesoramiento será prestado por las entidades colaboradoras seleccionadas para cada programa mediante el procedimiento de licitación correspondiente.
Las características del servicio de asesoramiento que constituye la ayuda en especie serán las siguientes según el programa que corresponda:
a) Programa “Activa Industria 4.0”: El programa ofrece el diagnóstico y análisis exhaustivo de la situación digital de partida de la empresa y la elaboración de un Plan de Transformación que incluirá la definición, cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización personalizadas para ser desarrolladas e implantadas por la empresa beneficiaria.
b) Programa «Activa Crecimiento»: El programa ofrece el diagnóstico y análisis interno de la empresa y del modelo de negocio con objeto de detectar sus áreas potenciales de crecimiento, que seguirá con la elaboración de un Plan de Crecimiento con propuesta de acciones de mejora concretas en alguna de las siguientes áreas, entre otras: innovación, recursos humanos, operaciones, digitalización, marketing y comercialización y finanzas. Dicho Plan recogerá las líneas estratégicas en las que la empresa debe trabajar y definirá la hoja de ruta para poner en marcha cada una de las acciones propuestas.
c) Programa «Activa Ciberseguridad»: El programa ofrece el análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad actual y la elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma, con un diseño personalizado de acciones en materia de ciberseguridad, para ser desarrollado e implantado por la empresa beneficiaria.
Como regla general, la duración del programa será de cuatro meses para cada empresa beneficiaria, con un mínimo de 50 horas de asesoramiento.
Crédito disponible
La cuantía correspondiente, entendido como el equivalente de subvención bruta, se determinará en cada convocatoria, dependiendo de la determinación de presupuesto y del número y alcance de los proyectos en cada caso. Se utilizarán las cuantías individualizadas que se indican en la siguiente tabla (en términos de equivalente de subvención bruta), con arreglo al programa seleccionado, salvo que la correspondiente convocatoria establezca otras de forma motivada:
Justificación
La justificación de la actividad subvencionada se realizará en nombre del beneficiario por la entidad colaboradora, quien se encargará de aportar los elementos justificativos de la ayuda, regulados en cada convocatoria. El responsable último de la justificación de la actividad subvencionada será la empresa beneficiaria de la misma.
El plazo máximo será de tres meses desde la finalización de la actividad.
Plazo de ejecución
El plazo de ejecución de las actuaciones estará contenido en las sucesivas resoluciones de concesión que serán notificadas a los beneficiarios, así como el resto de las condiciones de la ayuda.
Normativa
- Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Bases Reguladoras).