Programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica
MOVES Proyectos Singulares II
Organismo
E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
Plazo de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes será del 23 de septiembre de 2021 al 23 de noviembre de 2021.
Objetivos del programa
El objetivo principal es impulsar la reactivación económica en un conjunto de sectores empresariales en el marco de la transición energética que necesita nuestro país, por ello se ha puesto en marcha el Fondo de Recuperación y Resiliencia para contribuir al proceso de reconstrucción de las economías en el mundo post-COVID a partir de 2021. Se busca la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, apostando por la “descarbonización”, y entre otras actuaciones por el despliegue masivo de infraestructura de recarga como clave para el impulso del vehículo eléctrico.
El 13 de julio de 2021 el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo por el que se declara como Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica el desarrollo de un ecosistema para la fabricación del Vehículo Eléctrico y Conectado PERTE VEC como una iniciativa integral sobre la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado con un objetivo claro de un ecosistema necesario para que se pueda fabricar y desarrollar de manera integral el vehículo eléctrico y conectado en España. En el PERTE VEC se recoge el programa MOVES singulares II como una de las medidas facilitadoras que, sin actuar directamente sobre la cadena de valor, coadyuvan tanto a la creación de una nueva movilidad como al desarrollo del vehículo eléctrico, en este caso, permitiendo impulsar la innovación y los nuevos modelos de negocio en movilidad eléctrica.
En definitiva, las ayudas reguladas en la Orden TED/800/2021 tendrán como finalidad contribuir al cumplimiento de los objetivos correspondientes a la inversión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como a la «descarbonización» del sector transporte mediante el fomento de la electrificación de la movilidad para la consecución de los objetivos fijados tanto por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, como por el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica, promoviendo la realización de proyectos singulares de innovación en movilidad eléctrica en todo el territorio nacional.
Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación de los programas de incentivos de proyectos singulares en movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES PROYECTOS SINGULARES II) se circunscribe a proyectos desarrollados en cualquier parte del territorio español. Las ayudas estarán condicionadas a la implantación en España de los desarrollos o proyectos que se realicen, así como al cumplimiento de los restantes requisitos regulados en las bases reguladoras de esta convocatoria.
Beneficiarios
- Persona jurídica que realice la inversión o gasto correspondiente a la actuación que se incentive.
- Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).
- Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.
- Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, la ayuda se concederá a la entidad o persona jurídica que gestione la agrupación o consorcio.
- El sector público institucional, y las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.
Características
Las ayudas otorgadas en este programa de incentivos serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada mientras no superen los límites establecidos ni cuenten con cofinanciación de los Fondos Europeos.
Con relación al efecto incentivador de las ayudas, sólo serán elegibles los proyectos o actuaciones cuya ejecución se inicie en fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de reserva de ayuda, finalizando la posibilidad de realizar nuevas reservas cuando finalice la vigencia del programa.
Plazo de ejecución
El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda será de 18 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.
Plazo de justificación
El plazo máximo de justificación de la actuación será de tres meses, contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo otorgado para la ejecución de la actuación.
Cuantía de la convocatoria
La presente convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria máxima inicial de cien millones de euros (100 millones de euros), que serán previamente transferidos a IDAE desde los Presupuestos Generales del Estado.
Ayuda económica
Se establece un límite máximo de ayuda para los proyectos que se presenten a los programas de incentivos objeto de la presente convocatoria, de 15 millones de euros por proyecto y beneficiario, así como una inversión mínima por proyecto de 100.000 euros.
Documentación de apoyo
Normativa
Orden TED/800/2021, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones al Programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES PROYECTOS SINGULARES II). Convocatoria.