Programa Adelante Digitalización para la transformación digital de las PYMEs de Castilla-La Mancha
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FICHA TÉCNICA DE LA AYUDA
Organismo: Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Inicio de plazo: – 21/11/2025
Fin de plazo: – 21/01/2026
Organismo
Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Objetivos de la Ayuda
Ayudas en forma de subvenciones para las siguientes líneas:
- Línea de apoyo a la modernización de las estrategias de comunicación y venta, y para el impulso a la actividad de comercio electrónico de las pymes, cuyo objeto es subvencionar la inversión en proyectos para impulsar el establecimiento de nuevos canales de venta de las pymes de Castilla-La Mancha, para posicionarlas estratégicamente en el mercado online o mejorar su posicionamiento, mediante la creación o mejora de una tienda online para la venta de productos y servicios por internet, o para emprender un negocio digital.
- Línea de apoyo para la transformación digital de la industria manufacturera de Castilla-La Mancha, cuyo objeto es subvencionar la inversión en proyectos para la transformación digital de la industria regional mediante la incorporación de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEICs) en las pymes de carácter industrial manufacturero.
Beneficiarios
PYMEs y comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o entidad sin personalidad jurídica.
Proyectos subvencionables
Dentro de la Línea 1 de apoyo para la implantación de servicios asociados al comercio electrónico:
- Impulsar el establecimiento de nuevos canales de venta de las pymes de Castilla-La Mancha, para posicionarlas estratégicamente en el mercado online, mediante la creación de una tienda online para la venta de productos y servicios por internet, o para emprender un negocio digital que comprenda la creación de una tienda online.
- La adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar la funcionalidad de venta online.
- Big data aplicado al comercio electrónico. La actuación subvencionable está referida a la aplicación de técnicas y algoritmos de inteligencia artificial aplicables al comercio electrónico reportando beneficios a la empresa.
- E-logistica. Actuación relativa a las fases post-compra en las tiendas de comercio online o Marketplace (Portal web de comercio electrónico), que consista en gestión de almacenes, recepción de mercancías, preparación del producto, seguimiento del producto, servicio de atención al cliente, satisfacción y evaluación del usuario.
- Creación de contenidos multimedia para ser usados en la promoción a través de internet de la empresa o de sus productos.
- Desarrollo de aplicación móvil para comercio electrónico.
- Servicios en la nube o soluciones de ciberseguridad asociados al comercio electrónico.
Se podrán financiar los siguientes gastos:
- Gastos de consultoría especializada.
- Implantación y desarrollo de los proyectos subvencionables.
- Equipos, software y activos inmateriales.
- Costes indirectos (5%).
Dentro de la Línea 2 de apoyo para la transformación digital en la industria manufacturera:
- Aplicaciones de gestión integrada de los procesos de la empresa para la transformación digital: ERP y aplicaciones de gestión logística interna y externa (SCM, SGA, MRP y CRM) o aplicaciones la gestión del ciclo de vida de productos y servicios de soporte remoto de productos (PLM, PDM, DFM).
- Herramientas y procesos de Business Intelligence: Sistemas orientados al análisis de información, visualización, herramientas e infraestructura de datos, además de prácticas recomendadas para ayudar a las empresas a tomar decisiones basadas en los datos.
- Sistemas de conectividad: Internet de las cosas (Iot), open data y blockchain.
- Procesamiento de datos: Sistemas de gestión y almacenamiento de datos, data analytics, big data, Inteligencia artificial y machine learning.
- Hibridación mundo físico y digital: Realidad virtual, realidad aumentada, realidad mixta, robótica, drones y fabricación aditiva.
- Ciberseguridad: Implementación de dispositivos de seguridad perimetral y de otros dispositivos industriales como switches, sondas, Appliances, firewalls industriales PLCs o asimilados.
- Servicios en la nube que cubran las diferentes necesidades de la empresa referidas: Infraestructuras como servicio (IaaS) plataforma como servicio (PaaS) software como servicio (SaaS), contenedor como servicio (CaaS) funciones como servicio (FaaS) y otros servicios en la nube.
- Otras actuaciones o tecnologías concretas que acrediten la consecución del objetivo de la digitalización debiendo justificarse convenientemente en la memoria.
Se podrán financiar los siguientes gastos:
- Gastos de consultoría especializada.
- Implantación y desarrollo de los proyectos subvencionables.
- Equipos, software y activos inmateriales.
- Costes indirectos (5%).
Periodo de ejecución de los proyectos
12 meses contados desde la fecha de la publicación de la Resolución de la Convocatoria.
Importe de las ayudas
- Línea 1: límite mínimo subvencionable de 2.000 €, máximo de 15.000 € por solicitud. El máximo de subvención a conceder será del 70% del gasto subvencionable.
- Línea 2: límite mínimo subvencionable de 15.000 €, máximo subvención 120.000 €. El máximo de subvención a conceder será del 50% (pequeña empresa)/ 40% (mediana empresa) de la inversión.
Las ayudas se acogen al régimen minimis, por lo que una empresa no puede superar 300.000 € de este tipo de ayudas en el ejercicio en curso y los dos anteriores.
Gastos subvencionables
- Costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implementación del proyecto, realizada por empresas especializadas en el sector de las TIC.
- Inversiones materiales (maquinaria, equipos, hardware y sistemas electrónicos) e inmateriales (licencias software, aplicaciones estándar y desarrollo de aplicaciones a medida).
- Gastos indirectos del proyecto. Se calcularán, sin necesidad de aportar justificantes de gasto, mediante la aplicación de un 5%, sobre los conceptos de gasto incluidos en los costes directos de actuación, válidamente justificados.
Pago
Se realizará con posterioridad a la justificación. El plazo para presentar la justificación será de un mes desde la fecha de finalización del plazo de ejecución.

Ayudas y Subvenciones
Deducciones Fiscales I+D+i
Cheque Fiscal
Bonificaciones Seguridad Social
Incentivos Económicos Regionales
Patent Box
Compra Pública Innovadora
Eficiencia Energética
Inteligencia Artificial
Activos Software