AYUDA:

Programa Adelante Digitalización: Transformación Digital de la Industria Manufacturera (MAN), para la transformación digital de las PYMEs de Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Convocatoria abierta hasta: Abierto de manera permanente
Esta Ayuda tieneun tiempo estimado de lectura de:

< 1 minutos

FICHA TÉCNICA DE LA AYUDA
Organismo: Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Inicio de plazo:
Fin de plazo:Abierto de manera permanente

Organismo

Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Objetivos de la Ayuda

Subvencionar la inversión en proyectos para la transformación digital de la industria regional mediante la incorporación de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEICs) en las pymes de carácter industrial manufacturero.



Beneficiarios

PYMEs y comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o entidad sin personalidad jurídica.

Proyectos subvencionables

Proyectos promovidos por PYMEs, cuya actividad corresponda a industrias manufactureras incluidas en la sección C CNAE-09.

Periodo de ejecución de los proyectos

12 meses contados desde la fecha de la publicación de la Resolución de la Convocatoria.

Importe de las ayudas

  • Límite mínimo subvencionable: 20.000 €
  • Límite máximo subvención: 100.000 €
  • 70% consultoría/ingeniería, incrementable 20% para municipios prioritarios
  • 45% (pequeña)/35% (mediana), inversiones materiales e inmateriales

Las ayudas se acogen al régimen minimis, por lo que una empresa no puede superar 200.000 € de este tipo de ayudas en el ejercicio en curso y los dos anteriores.

Gastos subvencionables

  • Costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implementación del proyecto, realizada por empresas especializadas en el sector de las TIC.
  • Inversiones materiales (maquinaria, equipos, hardware y sistemas electrónicos) e inmateriales (licencias software, aplicaciones estándar y desarrollo de aplicaciones a medida).
  • Gastos indirectos del proyecto. Se calcularán, sin necesidad de aportar justificantes de gasto, mediante la aplicación de un 5%, sobre los conceptos de gasto incluidos en los costes directos de actuación, válidamente justificados.

Pago

Se realizará con posterioridad a la justificación. El plazo para presentar la justificación será de un mes desde la fecha de finalización del plazo de ejecución.

Documentos de interés

Habla con un experto
Contacta con nosotros >>
Habla con un experto