AYUDA:

Subvenciones para la adquisición de maquinaria industrial nueva en empresas industriales de Castilla y León 

Organismo: Consejería de Industria, Comercio y Empleo de Castilla y León.
Convocatoria abierta hasta: 13/10/2023
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FICHA TÉCNICA DE LA AYUDA
Organismo: Consejería de Industria, Comercio y Empleo de Castilla y León.
Inicio de plazo:13/09/2023
Fin de plazo:13/10/2023

Organismo

Consejería de Industria, Comercio y Empleo de Castilla y León.

Objetivos de la Ayuda

Estas subvenciones tienen por finalidad apoyar la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo en industrias situadas en Castilla y León. Se pretende mejorar su competitividad y alcanzar un alto grado de modernización del tejido empresarial industrial de Castilla y León bajo criterios de productividad, eficiencia energética y sostenibilidad.



Características de la financiación

Estas subvenciones tienen por finalidad apoyar la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo en industrias situadas en Castilla y León. Se pretende mejorar su competitividad y alcanzar un alto grado de modernización del tejido empresarial industrial de Castilla y León bajo criterios de productividad, eficiencia energética y sostenibilidad.

Periodo subvencionable

El periodo subvencionable será el comprendido entre el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de enero de 2024

Beneficiarios

Podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones, siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las empresas industriales privadas de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.

Para poder optar a la concesión de las subvenciones, los solicitantes deben cumplir y acreditar la siguiente documentación y requisitos:

  • Haber presentado una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, de manera previa a la presentación de la solicitud.
  • La industria para la cual se solicite la subvención deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación de la presente convocatoria.
  • No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No tener la consideración de empresa en crisis o encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente.
  • Cumplir con los requisitos de directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León.
  • Acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención de dicha obligación.
  • Para obtener la condición de beneficiario deben acreditar el cumplimiento de los plazos de pago previstos.

Todos estos requisitos han de ser mantenidos desde el momento de la presentación de la solicitud hasta su completa ejecución de proyecto y correspondiente justificación.

Proyectos Financiables

  1. Podrá ser objeto de subvención la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo de la industria, siempre que dicha maquinaria esté destinada a un centro de trabajo situado en Castilla y León.
  2. Serán actuaciones subvencionables las inversiones para la adquisición de maquinaria industrial nueva, que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
  • Supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente.
  • Supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales.
  • Impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

Requisitos

Para que las actuaciones puedan ser subvencionables, deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Que sean técnicamente viables. Una actuación se considerará técnicamente viable en caso de superar la puntuación requerida y determinada por la convocatoria.
  • Que sean económica y financieramente viables. La viabilidad económica consistirá en verificar la rentabilidad económica del proyecto mediante el cálculo de su Tasa Interna de Rendimiento (TIR), y la viabilidad financiera consistirá en verificar que existen recursos financieros necesarios para el desarrollo del proyecto.
  • Que las fechas de las facturas y de los justificantes de pago se encuentren comprendidos en el periodo subvencionable establecido.
  • Que las actuaciones sean ejecutadas en centros de trabajo de la industria beneficiaria situados en Castilla y León, y los resultados permanezcan o tengan impacto tangible en Castilla y León.
  • Que la actuación sea completa, es decir, que, aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.

Pagos a cuenta y Anticipos

Se podrán efectuar pagos anticipados, por un importe del 30% de la cuantía total de la subvención, sin necesidad de aportar garantía alguna. Los solicitantes deberán manifestar en la solicitud su voluntad de percibir o no el anticipo del 30 % del importe total de la subvención mediante la cumplimentación de la casilla correspondiente en el formulario.

Gastos Financiables

  1. Las subvenciones se destinarán a cubrir los gastos y/o las inversiones directamente relacionadas con la adquisición de la maquinaria nueva para la que se hayan concedido.
  2. Las subvenciones podrán aplicarse a la adquisición de nueva maquinaria que forme parte de un proceso productivo industrial. En particular, podrá estar destinada a la transformación de materia prima y productos semielaborados, a la manipulación en los procesos productivos, al ensamblaje de componentes, a la distribución de la producción en planta, a equipamiento de metrología y de calidad, al envasado y al embalaje.
  3. En el caso de que puedan existir operaciones con personas o entidades vinculadas al beneficiario, sólo se podrán considerar admisibles aquellas operaciones en activos materiales que se realicen de acuerdo con las condiciones normales de mercado y que cuenten con autorización previa del órgano concedente.
  4. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se haya realizado con anterioridad a la subvención.

Cuantía de subvención y límites

Con carácter general la subvención será del 65% del presupuesto del proyecto de inversión

La subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por solicitud de 100.000 €. Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 15.000 €, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.

El porcentaje de subvención se incrementará en un 10% adicional para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación de esta convocatoria o que no estén ubicados en el ámbito de un área funcional estable según lo establecido en la Ley 9/2014, de 27 de noviembre, por la que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León.

Estas ayudas están sujetas al régimen de minimis, por el que una única empresa no puede percibir más de 200.000 € de ayudas en un periodo de 3 ejercicios fiscales.

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