ICEX – Localiza
ICEX-Localiza – MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Organismo
ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes será del 21 de septiembre de 2021 al 20 de octubre de 2021.
Objetivos
Establecimiento del marco para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar los proyectos de internacionalización en mercados exteriores, con excepción de los mercados de los Estados miembros de la UE, de pequeñas y medianas empresas españolas, PYMES españolas, que cuenten con marca española propia y reúnan los requisitos correspondientes, señalados en la Orden ICT/979/2021.
Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las empresas constituidas legalmente en España que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener la consideración de PYME.
- Contar con marca española propia tanto para el mercado doméstico como en el mercado de destino de la implantación.
- Si el proyecto presentado para su apoyo incluye una filial constituida en el mercado objetivo, ésta deberá estar participada en más del 50% de su capital por parte de la empresa solicitante, si la legislación local no obliga a un porcentaje menor. En el caso de contar con una sucursal u oficina de representación, además de ser propiedad de la empresa, la fecha de constitución deberá ser posterior al 1 de mayo de 2019.
- No tener contraída una deuda con ICEX ni encontrarse en situación de «empresa en crisis»
- Estar al corriente del pago de las obligaciones de reembolso de cualesquier otro préstamo o anticipo concedido anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Duración de las actuaciones a apoyar
Las actuaciones a apoyar en el marco de este programa tendrán una duración máxima de veinticuatro meses, estableciéndose la duración concreta en cada una de las convocatorias.
Justificación del cumplimiento de la finalidad de la subvención
La justificación se llevará a cabo a través de la realización del proyecto para el que se concedió ésta, y la justificación de los gastos en los que se ha incurrido se realizará telemáticamente tras la finalización de la actuación objeto de apoyo y a más tardar en los tres meses posteriores, con la posibilidad de una ampliación de como máximo tres meses adicionales, previa solicitud de prórroga a ICEX.
Por otra parte, la empresa presentará un informe técnico en el que justificará las actividades realizadas al amparo del proyecto, así como su impacto en su proceso de internacionalización.
Si la inversión financiable por cada proyecto presentado por una misma empresa ha sido inferior a la presupuestada, pero superior a la establecida en la convocatoria como mínima admisible para considerar que la finalidad del proyecto ha sido cumplida, se procederá a la reducción de la ayuda concedida ajustando su cuantía a las inversiones efectivamente justificadas.
Si se determinase que la inversión financiable por cada proyecto presentado por una misma empresa ha sido inferior a la establecida en la convocatoria como mínima admisible, se procederá a comunicar al beneficiario la revocación de la ayuda. Si se han incumplido los fines para los que fue concedida la ayuda, se procederá a comunicar al beneficiario la revocación de la misma.
Abono de la subvención
El pago de la ayuda se efectuará siempre con posterioridad a la realización de las actividades correspondientes del proyecto o actuación tras la justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y la revisión de la documentación justificativa de los gastos presentados.
Características
Serán objeto de ayuda los gastos que hayan sido realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021. De manera excepcional, podrán ser objeto de ayuda los gastos previos, de constitución y de primer establecimiento que hayan sido realizados entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.
La subvención será del 50% de los gastos considerados como susceptibles de apoyo con un límite máximo de 30.000 euros por beneficiario, pudiendo presentar una misma empresa para su apoyo hasta un máximo de tres proyectos. Se considerará como subvencionable primeramente el proyecto que hubiera obtenido una mayor puntuación, y así sucesivamente hasta agotar el límite de 30.000 euros por empresa beneficiaria.
Son tenidos por países/áreas geográficas prioritarios Reino Unido, Asia y Mediterráneo Sur y Oriental. Por tanto, se otorgarán 3 puntos a los proyectos que contemplen como destino de implantación los mismos.
La cuantía total máxima del gasto asignado al programa para 2021 será de 2.000.000 euros. No obstante, esta cuantía podrá verse incrementada en función de la disponibilidad presupuestaria
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables serán los establecidos en los siguientes bloques:
- Gastos previos, de constitución y primer establecimiento
- Gastos de promoción ligados al desarrollo del plan de internacionalización en el mercado de implantación
- Gastos de defensa jurídica de la marca y homologación
Cuantía de la convocatoria
La cuantía total máxima del gasto asignado al programa para 2021 será de 2.000.000 euros.
Ayuda económica
La subvención será el 50% de los gastos considerados como susceptibles de subvención, con un límite máximo de 30.000 euros por beneficiario, independientemente del número de proyectos apoyados.
Documentación de apoyo
Normativa
Orden ICT/979/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas del «Programa ICEX LOCALIZA» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. Bases y Convocatoria 2021