Programa PREE 5000 – Castilla y León

REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EN MUNICIPIOS DE RETO DEMOGRÁFICO – CASTILLA Y LEON

Organismo

Ministerio para la Transformación Ecológica y el Reto Demográfico a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) con cargo a los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Gestión transferida a la Consejería de Economía y Hacienda de Castilla y León.

Plazo de presentación

Desde el 15 de marzo de 2022 a las 10:00 horas hasta 31 de diciembre de 2023.

Objetivos

Impulsar la realización de actuaciones de rehabilitación energética en viviendas y en edificios de vivienda existentes exclusivamente en municipios de reto demográfico de Castilla y León, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.

Beneficiarios

Las ayudas abarcan numerosas modalidades de beneficiarios:

  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública propietarios de viviendas unifamiliares o edificios residenciales
  • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios residenciales
  • Empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos
  • Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía
  • Ayuntamientos, diputaciones provinciales o entidades locales equivalentes
  • Propietarios que, de forma agrupada, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
Proyectos financiables

Las actuaciones subvencionables son de tres tipos:

  • Tipo 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica
  • Tipo 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria

Este apartado contempla la sustitución de energía convencional por:

    • Energía solar
    • Energía geotérmica
    • Biomasa en las instalaciones térmicas
    • Otras mejoras de subsistemas
  • Tipo 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

Se financiarán proyectos de edificios construidos con anterioridad a 2007. Se debe justificar como mínimo una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable respecto a la situación de partida, mediante Certificado de Eficiencia Energética de antes y después. Se debe mejorar, al menos, una letra de su calificación energética.

Los edificios susceptibles de financiación deberán ser:

  • Edificios de viviendas unifamiliares
  • Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda
  • Edificios de cualquier otro uso: administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.

NO serán subvencionables las actuaciones que conlleven un cambio de uso del edificio en cuestión.

Características de la Financiación

La ayuda esta dotada con un fondo de 50.000.000€, de los cuales 6.125.000 € corresponden a Castilla y León. Asimismo, este fondo podría ser ampliado con otros 4.375.000 € si existiese disponibilidad presupuestaria.

Las cuantías de las ayudas base contempladas en el programa para actuaciones en edificios completos (opción A) son:

  • Tipo 1: 50% para mejoras de la eficiencia energética de la envolvente térmica
  • Tipo 2: 40% para mejoras de las instalaciones térmicas
  • Tipo 3: 20% para Mejora de las instalaciones de iluminación.

En el caso de opte por rehabilitaciones sobre viviendas/locales individuales o sobre partes de un edificio (opción B), los porcentajes serían de un 40%, 30% y 20% respectivamente.

La cuantía de la ayuda adicional se cifra en un porcentaje variable del coste subvencionable (5-25%) en función del tipo de actuación y de criterios sociales, bono social, edificios VPP, mejora de eficiencia energética (hasta A o B, o incremento de dos letras) o actuación integrada (varias actuaciones, pero al menos una de tipo 1).

Plazo de realización

El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será de 18 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.

Costes financiables
  • Honorarios por la elaboración del certificado de eficiencia energética
  • Costes de gestión de la solicitud de ayuda (hasta 4% de la ayuda o 3.000 €)
  • Costes de redacción de proyectos técnicos
  • Costes dirección facultativa
  • Costes ejecución obras y/o instalaciones
  • Inversión en equipos y materiales
  • Costes de redacción de informes y otra documentación para la solicitud y la justificación de las ayudas
  • Costes de gestión de la justificación (incluyendo el informe de auditoría) (hasta el 7% de la ayuda o 7.000 €)
  • Costes del informe de adecuada realización emitido por un organismo o una entidad de control
  • Otras partidas necesarias
  • Gastos de retirada y gestión de los residuos que contengan amianto
  • Costes para implantar medidas correctoras para el medioambiente
  • Gastos de gestión en caso de representar a comunidades o propietarios
Pago de la ayuda

Se realizará tras la justificación de las actuaciones. Se podrá solicitar un anticipo presentando garantías del 100% de la cantidad solicitada (en efectivo; en avales de entidades de crédito, establecimientos financieros o sociedades de garantía recíproca; en seguros de caución de entidades aseguradoras; o en valores de deuda del Estado).

Normativa

Bases Reguladoras. Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas.

Convocatoria. Orden de 1 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se convocan en Castilla y León subvenciones en ejecución del programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.